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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 10315

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0000037 TREINTA Y SIETE 2021 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 10.315-2021 [24 de agosto de 2021] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 1°, INCISO SEGUNDO, DE LA LEY Nº 18.216 Y DEL ARTÍCULO 196 TER, INCISO PRIMERO, PARTE FINAL, E INCISO SEGUNDO, PARTE PRIMERA, DE LA LEY N° 18.290. VISTOS: A fojas 1, Nelson Darío Zúñiga Valenzuela deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216 y del artículo 196 ter, inciso primero, parte final, e inciso segundo, parte primera, de la Ley N° 18.290, en el proceso penal RUC N° 2100000157-8, RIT N° 6-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Copiapó. Preceptos legales cuya aplicación se impugna El texto de los preceptos legales impugnados dispone: “Ley N° 18.216. Título Preliminar. Artículo 1°.- (…) 1 0000038 TREINTA Y OCHO No procederá la facultad es...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 20

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Normas y sentencias citadas

  • citalaw #29291 en los artículos 8º, 9º, 10, 13, 14 y 14 D de la ley Nº17.798; o de los delitos o cuasidelitos que se cometan empleando alguna de las armas o elementos mencionad
  • citaexternal # 196 ter de la Ley de Tránsito, modificada por la Ley N°20.770 en cuanto se genera una modificación al sistema de sustitución de penas, estableciendo una suspensi
  • citaexternal #años por los “catorce”. Luego, en 2012 y mediante ley N° 20.603, tal restricción se amplió a las personas condenadas por los delitos de violación propia (artículo
  • citaexternal #uego, en 2014, a homicidio simple, a través de la ley N° 20.779; y en 2015, por ley N° 20.813, a las personas condenadas por diversos delitos previstos en la ley d
  • citaexternal #ple, a través de la ley N° 20.779; y en 2015, por ley N° 20.813, a las personas condenadas por diversos delitos previstos en la ley de Control de Armas. QUADRAG
  • aplicaexternal # el actor que el inciso primero, parte final, del artículo 196 ter de la Ley N° 18.290, al impedir a todo evento la concesión de penas sustitutivas a las privativas de libertad - mientra
  • aplicaexternal # aplicará en estas situaciones lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley N° 18.216, se traduce en la imposibilidad de la omisión y posterior eliminación de antecedentes penales una v
  • aplicaexternal #ESIMOSEXTO: Que, de este modo, la disposición del artículo 38 de la Ley N°18.126 debe ser interpretada de modo restrictivo y sus efectos, en el evento de excepcionar el cumplimient
  • aplicaexternal #y consten en autos los requisitos señalados en el artículo 33 de la Ley N°18.216, lo cual no se condice con los fundamentos a los que acceden estos sentenciadores, en la presente c
  • aplicaexternal #216) o porque se está vulnerando su cumplimiento (artículo 25 de la Ley N° 18.216). Al carecer nuestro país de un procedimiento y una organización dedicada a la ejecución de las pen
  • fundaexternal #ísica y psíquica” de las personas (numeral 1° del artículo 19 de la Constitución). Para ello, se tiene presente, en tercer lugar, una función asociada a la protección de los derech
  • fundaexternal #r el “orden público” y “dar eficacia al derecho” (artículo 101 de la Constitución); 13°. Que suspender la pena alternativa sustituyéndola por el cumplimiento de un año efectivo de
  • fundaexternal #cipio de independencia judicial, consagrada en el artículo 76 constitucional que expresa “Ni el Presidente de la República ni el Congreso pueden, en caso alguno, ejercer func
  • citaexternal #criterio expuesto por esta Magistratura en la STC Rol N° 787: “La política criminal se formula y se ejecuta en un determinado contexto social y es producto de l
  • citaexternal #formación requerida, test de interés público (STC Rol N° 2153-11). Sobre el punto en análisis la Corte Suprema ha dicho que “la proporcionalidad en sentido estrict
  • citaexternal #sean desproporcionados” (SCS 4 de agosto de 2009, Rol N° 5043- 2009). La doctrina sobre el principio de proporcionalidad ha dicho como límite constitucional, en
  • citaexternal #al como este mismo Tribunal ha sugerido en la STC Rol Nº 825, c. 22.; 20°. Que, si la norma legal impugnada estableciera una exclusión total del derecho o bene
  • citaexternal #n de sus derechos (Ver en este sentido, sentencia Rol N° 1888, considerandos 18°, 19°, 20, 21°), en una actividad altamente riesgosa y dañosa, en contra de la in
  • citasentencia #1387do a la categoría de principio autónomo (ver STC, Rol Nº 2936, c. 9); 12°. Que con la exclusión total o parcial (como en este caso) de ciertos delitos del goce
  • citasentencia #750imiento de la igual repartición de tributos” (STC Rol N° 2365/2012); OCTAVO: Que respecto de la invocación del principio de proporcionalidad en general y el agr
  • citasentencia #2113anción impuesta y la conducta imputada”(Sentencia Rol N° 1518, cons. 28) se extiende como garantía a todo el orden punitivo estatal, viniendo a materializar el d
  • citasentencia #1583Montt, Derecho Penal, Tomo I, p. 49).” (Sentencia Rol N° 2045, cons. 8°). 3) Que, por otra parte, siendo la inaplicabilidad un control de tipo concreto, las cir
  • aplicaarticle #198 del sistema de penas accesorias que establece el artículo 20 del Código Penal, fundamento que establece las bases y estructura del sistema de penas accesorias en nuestro país;
  • citalaw #220055lación con resultado de muerte. Posteriormente la ley N° 19.927, de 14 de enero de 2004, sustituyó los doce años por los “catorce”. Luego, en 2012 y mediante ley N
  • citalaw #2355076, como tampoco las exclusiones por reincidencia (ley N° 20.000 y artículos 433, 436 y 440 del Código Penal). Como es posible apreciar, los delitos excluidos tien
  • citalaw #29427 la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: I. QUE SE ACOGE PARCIALMEN
  • citalaw #29550e este modo, la disposición del artículo 38 de la Ley N°18.126 debe ser interpretada de modo restrictivo y sus efectos, en el evento de excepcionar el cumplimient
  • citalaw #138814oncretas. Por su parte, el artículo 2 N° 1 de la Ley N° 19.617, de 1999 –que modifica el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y otros cuerpos legales, e
  • citalaw #29636d respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216 y del artículo 196 ter, inciso primero, parte final, e inciso segundo, parte primera, de la Ley N°
  • citalaw #29708rte final, e inciso segundo, parte primera, de la Ley N° 18.290, en el proceso penal RUC N° 2100000157-8, RIT N° 6-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Cop