TC Rol 10725
Tribunal Constitucional·Rol 10725
Sumario
0000062 SESENTA Y DOS Santiago, cinco de mayo de dos mil veintiuno. A fojas 60, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto la certificación acompañada a fojas 60 no proviene del Tribunal actualmente sustanciador de la gestión judicial pendiente invocada, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 10.725-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Már...
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0000062 SESENTA Y DOS Santiago, cinco de mayo de dos mil veintiuno. A fojas 60, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto la certificación acompañada a fojas 60 no proviene del Tribunal actualmente sustanciador de la gestión judicial pendiente invocada, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 10.725-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente Iván Enrique por Iván Enrique Firmado digitalmente María por María Angélica Aróstica Aróstica Maldonado Fecha: 2021.05.06 Angélica Barriga Meza Maldonado 10:57:17 -04'00' Fecha: 2021.05.06 Barriga Meza 10:57:28 -04'00' 0000063 SESENTA Y TRES Notificaciones TC (OFS) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 6 de mayo de 2021 11:57 Para: rodrigo.acunag@gmail.com Asunto: Comunica Resolución -Rol 10725-21 Datos adjuntos: 54225_1.pdf Señor Rodrigo Acuña Gómez, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por la Primera Sala de esta Magistratura en el proceso Rol N° 10725-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Sergio Blanco Conuenir respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216, en el proceso penal RUC N° 1801038811-9, RIT N° 049-2020, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1