TC Rol 11004
Tribunal Constitucional·Rol 11004
Sumario
0000021 VEINTE Y UNO Santiago, tres de junio de dos mil veintiuno. A fojas 16, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto la presentación de fojas 16 está dirigida a la “Ilustrísima Corte de Apelaciones”, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.004-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y señora María Pía Sil...
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0000021 VEINTE Y UNO Santiago, tres de junio de dos mil veintiuno. A fojas 16, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto la presentación de fojas 16 está dirigida a la “Ilustrísima Corte de Apelaciones”, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.004-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente María Luisa Firmado digitalmente por María Luisa Brahm Barril María Angélica por María Angélica Barriga Meza Brahm Barril Fecha: -04'00' 2021.06.03 16:39:01 Fecha: 2021.06.04 Barriga Meza 15:36:24 -04'00' lrd 0000022 VEINTE Y DOS Notificaciones TC (NMS) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: viernes, 4 de junio de 2021 17:19 Para: renatooyarzun@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11004-21 Datos adjuntos: 56622_1.pdf Sr. Renato Marcelo Oyarzún Aguilar, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11004-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Marco Antonio Figueroa Poblete respecto del artículo 1° de la Ley N° 19.989, que establece facultades para la Tesorería General de la Republica y modifica la Ley Nº19.848, sobre reprogramación de deudas a los fondos de crédito solidario, en el proceso Rol N° 2691-2021, sobre recurso de protección, seguido ante la Corte de Apelaciones de Concepción. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1