TC Rol 11118
Tribunal Constitucional·Rol 11118
Sumario
0000349 TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 2°. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado. 3°. Que, por lo anterior, la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y se aplicará el apercibimiento dispuesto por el artículo 82 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 1, para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol Nº 11118-21-INA. ...
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0000349 TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE Santiago, veintitrés de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 2°. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado. 3°. Que, por lo anterior, la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y se aplicará el apercibimiento dispuesto por el artículo 82 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 1, para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol Nº 11118-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, y por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el País. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente por María Luisa Firmado digitalmente por María Luisa Brahm Barril María Angélica Barriga Meza María Angélica Barriga Meza Fecha: 2021.06.23 14:52:58 Brahm Barril Fecha: 2021.06.23 12:05:26 -04'00' -04'00' 0000350 TRESCIENTOS CINCUENTA Notificaciones (MOO) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 24 de junio de 2021 9:42 Para: DBASILIU@DONOSOABOGADOS.CL Asunto: Comunica Resolución Rol 11118-21 Datos adjuntos: 58379_1.pdf Srta. Daphne Joanna Basiliu Cáceres por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11118-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por INALEN S.A. respecto del artículo 3°, incisos cuarto, sexto y octavo, del Código del Trabajo, en el proceso RIT O-614-2020, RUC 20- 4-0277572-7, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1 0000351 TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO Notificaciones (MOO) De: Notificaciones (MOO) <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 24 de junio de 2021 9:43 Para: 'dbasiliu@dba.legal' Asunto: Téngase por no presentado Datos adjuntos: 11118 2a S. Por no presentado. apercibimiento art 82.pdf Sra. Daphne Joanna Basiliu Cáceres por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11118-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por INALEN S.A. respecto del artículo 3°, incisos cuarto, sexto y octavo, del Código del Trabajo, en el proceso RIT O-614-2020, RUC 20- 4-0277572-7, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco. Ruego acusar recibo Cordialmente Marco Ortúzar Orellana Oficial Segundo Tribunal Constitucional Fono: (56-2) 272 19 222 Huérfanos 1234 Santiago – Chile Evite imprimir este mensaje si no es estrictamente necesario. De esta manera ahorra agua, energía y recursos forestales 1