CPR
Tribunal Constitucional·Rol 11126
Sumario
0000028 VEINTE Y OCHO Santiago, diez de junio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, con fecha 2 de junio de 2021, Sociedad Productora de Seguros Octavio Arratia y Compañía Limitada, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto “del artículo 1° de parte dispositiva del Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema N° 13 de fecha 11 de enero de 2021, sólo en la parte que se destaca en la siguiente transcripción: “..remates judiciales de bienes inmuebles, en que se haya decretado su celebración bajo la modalidad de videoconferencia…” y el “Artículo 4. Clave Única del Estado…”, (fojas 13), para que incida en el proceso Rol C-2908-2019, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Arica; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento ante la Primera Sala. Convocada para resolver en cuenta su admisión a trámite, la Sala estimó desde ya su inadmisibilidad, al concurrir la...
Considerandos
Considerando 1
#, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 84, N° 4 y demás pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, SE DECLARA: Derechamente inadmisible el requerimiento deducido a lo principal, de fojas 1; a los otrosíes, estese a lo resuelto. 0000030 TREINTA Notifíquese. Comuníquese. Archívese. Rol N° 11.126-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González, y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente Iván Enrique por Iván Enrique María Firmado digitalmente por María Angélica Aróstica Aróstica Maldonado Angélica Barriga Meza Fecha: 2021.06.10 Barriga Meza Fecha: 2021.06.10 Maldonado 11:49:47 -04'00' 11:49:58 -04'00' 0000031 TREINTA Y UNO Notificaciones (MOO) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 10 de junio de 2021 16:06 Para: pvegamontecinos@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11126-21 Datos adjuntos: 57528_1.pdf Sra. Patricia Vega Montecinos por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11126-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Sociedad Productora de Seguros Octavio Arratia y Compañía Limitada respecto "del artículo 1° de la parte dispositiva del Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema N° 13 de fecha 11 de enero del 2021, sólo en la parte que se destaca en la siguiente transcripción: "remates judiciales de bienes inmuebles, en que se haya decretado su celebración bajo la modalidad de videoconferencia" y el "Artículo 4. Clave Única del Estado", en el proceso Rol C-2908-2019, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de Arica. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1
Considerando 2
#Juzgado de Letras de Arica; 2°. Que, la señora Presidenta del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento ante la Primera Sala. Convocada para resolver en cuenta su admisión a trámite, la Sala estimó desde ya su inadmisibilidad, al concurrir la causal prevista en el numeral 4° del artículo 84 de la Ley Orgánica Constitucional de esta Magistratura. Las disposiciones que son impugnadas en la acción constitucional deducida no ostentan rango de precepto legal; 3°. Que, en efecto, según se lee de la petitoria del requerimiento presentado, a fojas 13, se solicita que este Tribunal “(…) tener por interpuesto requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad en relación con la gestión pendiente en causa del
Normas y sentencias citadas
- citaexternal #—— en resolución de inadmisibilidad recaída en causa Rol N° 497-06, “de una acción dirigida en contra de normas legales determinadas concernidas en una gestión jurisd
- citaexternal #—— administrativo (resolución de inadmisibilidad en Rol N° 816- 07); el demérito que una determinada resolución jurisdiccional produce a los intereses del actor y
- citaexternal #—— de las formas procesales establecidas por la ley (Rol N° 1008-07, c. 6°); o, la parte resolutiva de un fallo (Rol N° 2017, c. 7°). Siguiendo las exigencias constitu
- citaexternal #—— sdiccional, efectos contrarios a la Constitución (Rol N° 626- 06, cc. 1° y 4°). 6°. Que, considerando los antecedentes recién expuestos, lo impugnado con el req
- citaexternal #—— amontecinos@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11126-21 Datos adjuntos: 57528_1.pdf Sra. Patricia Vega Montecinos por la requirente; Comunico y remito a
- citasentencia #1069— 8-07, c. 6°); o, la parte resolutiva de un fallo (Rol N° 2017, c. 7°). Siguiendo las exigencias constitucionales y orgánico constitucionales que rigen esta acció
- citalaw #29427— TE Y NUEVE 4°. Que, el artículo 84 N° 4 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, establece como causal de inadmisibilidad de u