TC Rol 11159
Tribunal Constitucional·Rol 11159
Sumario
0000547 QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno. A fojas 544, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto ha acompañado únicamente un acta de audiencia y no una certificación al tenor del artículo 79, inciso segundo, de la Ley N° 17.997, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.159-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán,...
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0000547 QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Santiago, treinta de junio de dos mil veintiuno. A fojas 544, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, en cuanto ha acompañado únicamente un acta de audiencia y no una certificación al tenor del artículo 79, inciso segundo, de la Ley N° 17.997, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.159-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Ministros señores Juan José Romero Guzmán, José Ignacio Vásquez Márquez y Miguel Ángel Fernández González. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado Firmado Iván Enrique digitalmente por Iván Enrique María digitalmente por Aróstica Aróstica Maldonado María Angélica Angélica Barriga Meza Maldonado Fecha: 2021.06.30 18:20:34 -04'00' Barriga Meza Fecha: 2021.06.30 18:20:50 -04'00' 0000548 QUINIENTOS CUARENTA Y OCHO Notificaciones (MOO) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 30 de junio de 2021 18:35 Para: amlasociadas@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11159-21 Datos adjuntos: 58860_1.pdf Sra. Francisca Millán Zapata por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11159-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Alexandra Denisse Cabrera López respecto del artículo 27, de la Ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, en el proceso RIT X-238-2019, RUC 18-2-0717866-3, seguido ante el Juzgado de Familia de Melipilla. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1