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TC Rol 11328

Tribunal Constitucional·Rol 11328

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Sumario

0000142 CIENTO CUARENTA Y DOS Santiago, veintisiete de julio de dos mil veintiuno. A fojas 141, a lo principal, téngase como parte; al otrosí, téngase por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, se evacuó presentación por el Ministerio Público, a fojas 141. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1°. Ha lugar a la solicitud de fojas 115. Téngase a la requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2°. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Notifí...

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