TC Rol 11334
Tribunal Constitucional·Rol 11334
Sumario
0000036 TREINTA Y SEIS Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.334-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por el Ministro señor Cristián Letelier Aguilar, y los Suplentes de Ministro señores Armando Jaramillo Lira y Rodrigo Delaveau Swett. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la pre...
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0000036 TREINTA Y SEIS Santiago, veintiuno de julio de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.334-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por el Ministro señor Cristián Letelier Aguilar, y los Suplentes de Ministro señores Armando Jaramillo Lira y Rodrigo Delaveau Swett. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. María Firmado digitalmente María Luisa Firmado digitalmente por María Luisa Brahm Barril por María Angélica Angélica Barriga Meza Brahm Barril Fecha: 2021.07.22 14:38:45 -04'00' Fecha: 2021.07.23 Barriga Meza 01:33:08 -04'00' lrd 0000037 TREINTA Y SIETE Notificaciones (MOO) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: viernes, 23 de julio de 2021 9:53 Para: jrz@zym.cl Asunto: Comunica Resolución Rol 11334-21 Datos adjuntos: 60465_1.pdf Sr. Juan Ramón Zúñiga Segura por la requirente Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11334-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por ST Computación S.A. respecto de la frase "las disposiciones de esta ley sólo se aplicarán a las causas iniciadas con posterioridad a su entrada en vigencia", contenida en el artículo 2° transitorio, de la Ley N° 20.866, que modifica el Código de Procedimiento Civil, para establecer la tramitación digital de los procedimientos judiciales; en relación con el artículo 78, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol N° 13763-2020 (Civil), sobre recurso de apelación, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago, en actual recurso de casación en el fondo para ante la Corte Suprema. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1