TC Rol 11596
Tribunal Constitucional·Rol 11596
Sumario
0000023 VEINTE Y TRES Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintiuno. A fojas 22, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 20, con fecha 13 de agosto de 2021, se resolvió apercibir a la requirente para que aclarara con precisión el Tribunal que conoce de la gestión pendiente en que incide la inaplicabilidad presentada y el delito por el que se seguiría proceso penal en su contra, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 22, rola presentación por la cual se indica que la gestión pendiente se sustancia ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, lo cual no se corresponde con la certificación que rola a fojas 15; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no pres...
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0000023 VEINTE Y TRES Santiago, veintiséis de agosto de dos mil veintiuno. A fojas 22, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 20, con fecha 13 de agosto de 2021, se resolvió apercibir a la requirente para que aclarara con precisión el Tribunal que conoce de la gestión pendiente en que incide la inaplicabilidad presentada y el delito por el que se seguiría proceso penal en su contra, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 22, rola presentación por la cual se indica que la gestión pendiente se sustancia ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de San Antonio, lo cual no se corresponde con la certificación que rola a fojas 15; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.596-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar y Nelson Pozo Silva, y señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. María Firmado digitalmente por María Angélica María Luisa Firmado digitalmente por María Luisa Brahm Barril Angélica Barriga Meza Brahm Barril Fecha: 2021.08.26 12:45:28 Fecha: 2021.08.26 -04'00' Barriga Meza 14:02:09 -04'00' 0000024 VEINTE Y CUATRO Notificaciones TC (MJR) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 26 de agosto de 2021 15:46 Para: pamela.abogada.ra@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11596-21 Datos adjuntos: 64150_1.pdf Sra. Pamela Andrea Rojas Acevedo, Abogada por la parte Requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11596-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por María Angélica Moraga Urrutia respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 2100044655-3, RIT N° 366-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de San Antonio. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1