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TC Rol 11646

Tribunal Constitucional·Rol 11646

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Sumario

0000219 DOSCIENTOS DIEZ Y NUEVE 1 Santiago, diez de marzo de dos mil veintidós. A fojas 208, a lo principal, por evacuado el traslado; al primer otrosí, por acompañados; y al segundo otrosí, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 201. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. Notifíquese y comuníquese. ...

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