TC Rol 11695
Tribunal Constitucional·Rol 11695
Sumario
0000025 VEINTE Y CINCO Santiago, quince de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.695-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y los Suplentes de Ministro señores Armando Jaramillo Lira y Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señore...
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0000025 VEINTE Y CINCO Santiago, quince de septiembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.695-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y los Suplentes de Ministro señores Armando Jaramillo Lira y Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente Juan José por Juan José Romero María Firmado digitalmente por María Angélica Romero Guzmán Angélica Barriga Meza Fecha: 2021.09.20 Fecha: 2021.09.20 Guzmán 11:01:06 -03'00' Barriga Meza 12:11:54 -03'00' 0000026 VEINTE Y SEIS Notificaciones TC (OFS) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: lunes, 20 de septiembre de 2021 14:13 Para: riverosangela7@gmail.com Asunto: Comunica Resolución -Rol 11695-21 Datos adjuntos: 65642_1.pdf Señora Angela Romina Riveros Velásquez, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por la Primera Sala de esta Magistratura en el proceso Rol N° 11695-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por José Patricio Olaya Ogaz respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley Nº 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 2001192664-K, RIT N° 15061-2020, seguido ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1