TC Rol 11783
Tribunal Constitucional·Rol 11783
Sumario
0000090 NOVENTA Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintiuno. A fojas 88, téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, Carolina Frugone Westhoff ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 4°, de la Ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica, en el proceso RIT C-3111-2018, RUC 18-2-0754853-3, seguido ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago; 2°. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, del examen del requerimiento interpuesto, se verifica que el libelo de fojas 1 no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, en cuanto se estructura omitiendo los fundamentos del conflicto constitucional planteado; 4°. Que lo anterior tiene lugar en cuanto la pretendida contravenc...
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0000090 NOVENTA Santiago, catorce de septiembre de dos mil veintiuno. A fojas 88, téngase por acompañado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, Carolina Frugone Westhoff ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad respecto del artículo 4°, de la Ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica, en el proceso RIT C-3111-2018, RUC 18-2-0754853-3, seguido ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago; 2°. Que el señor Presidente del Tribunal Constitucional ordenó que se diera cuenta del requerimiento de autos ante la Primera Sala de esta Magistratura; 3°. Que, del examen del requerimiento interpuesto, se verifica que el libelo de fojas 1 no cumple con los requisitos establecidos en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, en cuanto se estructura omitiendo los fundamentos del conflicto constitucional planteado; 4°. Que lo anterior tiene lugar en cuanto la pretendida contravención versa sobre la voluntariedad en la solicitud de retiros de los fondos de pensiones, afirmando que no existe razón objetiva y racional para que el precepto cuestionado extralimite el derecho establecido en la disposición transitoria trigésima novena de la Constitución, pero sin que el libelo desarrolle fundamentos de derecho para sostener las vulneraciones que indica ni delimite con precisión la problemática llamada a resolver por esta Magistratura; 5°. Que, en tal contexto, se incumple en la especie lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, al no haber expuesto de manera clara los respectivos fundamentos de derecho en relación a la norma objeto de impugnación. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución Política y en los artículos 37, 79, 80 y demás pertinentes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE DECLARA: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 11.783-21-INA. 0000091 NOVENTA Y UNO Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala y se certifica que demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Firmado digitalmente Juan José por Juan José María Firmado digitalmente por María Angélica Romero Romero Guzmán Angélica Barriga Meza Fecha: 2021.09.14 Fecha: 2021.09.15 Guzmán 20:29:33 -03'00' Barriga Meza 14:40:43 -03'00' 0000092 NOVENTA Y DOS Notificaciones TC (NMS) De: tribunalconstitucional.cl <seguimiento@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 15 de septiembre de 2021 15:27 Para: cagh@emschile.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11783-21 Datos adjuntos: 65359_1.pdf Sr. Cristian Fernando Amunategui García-Huidobro, por la requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11783-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Carolina Frugone Westhoff respecto del artículo 4°, de la Ley N° 21.295, que establece un retiro único y extraordinario de fondos previsionales en las condiciones que indica, en el proceso RIT C-3111-2018, RUC 18-2-0754853-3, seguido ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de apelación, bajo el Rol N° Famila 1552-2021 (2029-2021 y 2054-2021 acumulados). Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1