Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno
TC

TC Rol 11839

Tribunal Constitucional·Rol 11839

Modo lectura

Sumario

0000379 TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE Santiago, veintiséis de abril de dos mil veintidós. Téngase por evacuado en rebeldía el traslado otorgado a fojas 374, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud en lo principal de fojas 372. Téngase a la parte requirente por desistida y, en consecuencia, por terminado el presente proceso constitucional. Álcese la suspensión decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 11.839-21-INA. Pronunciada ...

Texto completo