TC Rol 11851
Tribunal Constitucional·Rol 11851
Sumario
0000023 VEINTE Y TRES Santiago, doce de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 22 de septiembre del año en curso, que rola a fojas 21, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.851-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución,...
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0000023 VEINTE Y TRES Santiago, doce de octubre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 22 de septiembre del año en curso, que rola a fojas 21, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 11.851-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. fhg Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 12-10-2021 Fecha: 13-10-2021 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTPS://WWW.TRIBUNALCONSTITUCIONAL.CL/BUSCADOR EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. 0000024 VEINTE Y CUATRO Marco Ortúzar Orellana De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: miércoles, 13 de octubre de 2021 19:00 Para: j.jabogados@gmail.com; J.JABOGADOS.MJ@GMAIL.COM CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 11851-21 Datos adjuntos: 68384_1.pdf Sr. Miguel Angel Jiménez Mira por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 11851-21-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Miguel Jiménez Mira respecto de la frase "en sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación", contenida en el artículo 545, inciso primero, del Código Orgánico de Tribunales, en el proceso Rol N° 63416-2021, sobre recurso de queja, seguido ante la Excma. Corte Suprema. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1