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TC Rol 11892

Tribunal Constitucional·Rol 11892

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0000233 DOSCIENTOS TREINTA Y TRES 1 Sant iago, veint inueve de sept iembre de dos mil veint iuno. A fojas 230, visto y considerando lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, que autoriza el retiro del requerimiento mientras no sea declarada su admisibilidad, se resuelve: Téngase por retirado el requerimiento interpuesto y por no presentado para todos los efectos legales. A fojas 1, a todo, estese a lo resuelto. Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol Nº 11.892-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Const itucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, y por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Crist ián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y señora María Pía Silva Gallinato. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se cert ifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse e...

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