TC Rol 12082
Tribunal Constitucional·Rol 12082
Sumario
0000022 VEINTE Y DOS Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.082-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y el Suplente de Ministro señor Rodrigo Delaveau Swett. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurriero...
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0000022 VEINTE Y DOS Santiago, cuatro de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento a lo ordenado por esta Sala, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.082-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Cristián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y el Suplente de Ministro señor Rodrigo Delaveau Swett. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. María Luisa Firmado digitalmente por María Luisa Brahm Barril Firmado digitalmente María por María Angélica Brahm Barril Fecha: 2021.11.04 12:53:07 -03'00' Angélica Barriga Meza Fecha: 2021.11.04 Barriga Meza 15:53:49 -03'00' lrd 0000023 VEINTE Y TRES Gilda Vera Zamorano De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 4 de noviembre de 2021 17:34 Para: helhue.sukni@gmail.com CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12082-21 Datos adjuntos: 70321_1.pdf Señora abogada Helhue Sukni Giadalah, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12082-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Juan Humberto Herrera Flores respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 1701193900-7, RIT N° 22176-2017, seguido ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de apelación, bajo el Rol N° 4237-2021 (Penal). Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1