TC Rol 12135
Tribunal Constitucional·Rol 12135
Sumario
0000095 NOVENTA Y CINCO Santiago, diez de noviembre de dos mil veintiuno. A fojas 88 y 93, a todo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 86, con fecha 28 de octubre de 2021, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce, con individualización completa de todas las partes y apoderados y de su estado vigente de tramitación, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 93, rola presentación de la requirente, cumpliendo extemporáneamente lo ordenado al tenor del apercibimiento decretado; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos le...
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0000095 NOVENTA Y CINCO Santiago, diez de noviembre de dos mil veintiuno. A fojas 88 y 93, a todo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 86, con fecha 28 de octubre de 2021, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce, con individualización completa de todas las partes y apoderados y de su estado vigente de tramitación, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 93, rola presentación de la requirente, cumpliendo extemporáneamente lo ordenado al tenor del apercibimiento decretado; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.135-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores, y el Suplente de Ministro señor Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 10-11-2021 Fecha: 10-11-2021 ESTE DOCUMENTO TIENE FIRMA ELECTRÓNICA Y SU ORIGINAL PUEDE SER VALIDADO EN HTTPS://WWW.TRIBUNALCONSTITUCIONAL.CL/BUSCADOR EN LA TRAMITACIÓN DE LA CAUSA. 0000096 NOVENTA Y SEIS María Jesús Ramírez O'Ryan De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 11 de noviembre de 2021 12:06 Para: fsepulveda@absabogados.com CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12135-21 Datos adjuntos: 70890_1.pdf Sr. Francisco Sepúlveda Hernaiz por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12135-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por PRAUBOS SpA respecto del artículo 162, incisos quinto, oración final, sexto y séptimo, del Código del Trabajo, en el proceso RIT T-7-2021, RUC 21-4-0320651-K, seguido ante el Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, en actual conocimiento de la Excma. Corte Suprema, por recurso de unificación de jurisprudencia bajo el Rol N° 63439-2021. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1