TC Rol 12259
Tribunal Constitucional·Rol 12259
Sumario
0000088 OCHENTA Y OCHO Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que no se ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.259-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resoluci...
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0000088 OCHENTA Y OCHO Santiago, veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que no se ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.259-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 26-11-2021 Fecha: 27-11-2021 Código de validación: 94f88eaa-49b0-47ff-bb36-4884069fb57a, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000089 OCHENTA Y NUEVE María Jesús Ramírez O'Ryan De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: lunes, 29 de noviembre de 2021 11:51 Para: franabalon@hotmail.com CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12259-21 Datos adjuntos: 72605_1.pdf Sr. Francisco Anabalón Aburto, Abogado por la parte Requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12259-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Rafael Tomas Riddell Hernández respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 2110024295-5, RIT N° 1496-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Los Andes. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1