TC Rol 12365
Tribunal Constitucional·Rol 12365
Sumario
0000019 DIEZ Y NUEVE Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno. A fojas 18, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento íntegro a lo ordenado por esta Sala a fojas 16, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.365-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y el Suplente de Ministro, Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la ...
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0000019 DIEZ Y NUEVE Santiago, trece de diciembre de dos mil veintiuno. A fojas 18, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento íntegro a lo ordenado por esta Sala a fojas 16, razón por la cual, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.365-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y el Suplente de Ministro, Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la Sala y se certifica que demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la emergencia sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 13-12-2021 Fecha: 13-12-2021 Código de validación: 951a6b7e-ebb1-4f52-9201-a486236d5cce, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000020 VEINTE María Jesús Ramírez O'Ryan De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: lunes, 13 de diciembre de 2021 15:32 Para: hsotomayorfarias@hotmail.com CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12365-21 Datos adjuntos: 73892_1.pdf Sr. Hector Mauricio Sotomayor Farías, Abogado por la parte Requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12365-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Rodrigo Alejandro Oyarce Correa respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 2100543176-7, RIT N° 2855-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Talagante. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1