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TC Rol 12367

Tribunal Constitucional·Rol 12367

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0000694 SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO 1 Sant iago, quince de diciembre de dos mil veint iuno. A fojas 92, a sus antecedentes. A fojas 693, visto y considerando lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, se resuelve: téngase por ret irado el requerimiento interpuesto y por no presentado para todos los efectos legales. Dejase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada. Ofíciese al efecto. Notifíquese, comuníquese y archívese. Rol Nº 12.367-21-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Const itucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Luisa Brahm Barril, por sus Ministros señores Gonzalo García Pino, Crist ián Letelier Aguilar, Nelson Pozo Silva y por el Suplente de Ministro señor Armando Jaramillo Lira. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se cert ifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontra...

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