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TC Rol 12560

Tribunal Constitucional·Rol 12560

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Sumario

0000121 CIENTO VEINTE Y UNO Santiago, treinta de diciembre de dos mil veintiuno. A fojas 116, por cumplido lo ordenado, sin perjuicio de lo que se resolverá. VISTO Y CONSIDERANDO: 1º. Que para el examen de admisión a trámite del requerimiento de inaplicabilidad deducido en autos, debe verificarse el cumplimiento de los requisitos consignados en los artículos 79 y 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de este Tribunal Constitucional. 2º. Que, el artículo 80 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura señala: “El requerimiento de inaplicabilidad, sea promovido por el juez que conoce de la gestión pendiente o por una de las partes, deberá contener una exposición clara de los hechos y fundamentos en que se apoya y de cómo ellos producen como resultado la infracción constitucional. Deberá indicar, asimismo, el o los vicios de inconstitucionalidad que se aducen, con indicación precisa de las normas constitucionales que se estiman transgredidas”. 3°. Que,...

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