TC Rol 12588
Tribunal Constitucional·Rol 12588
Sumario
0000042 CUARENTA Y DOS Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. A fojas 40, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 38, con fecha 28 de diciembre de 2021, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce, con individualización completa de todas las partes y apoderados y de su estado vigente de tramitación, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 40, rola presentación en que se acompaña el documento que ya rola a fojas 26, incorporado junto con el requerimiento deducido y que no contiene todas las menciones exigidas por la ley; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Té...
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0000042 CUARENTA Y DOS Santiago, seis de enero de dos mil veintidós. A fojas 40, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 38, con fecha 28 de diciembre de 2021, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce, con individualización completa de todas las partes y apoderados y de su estado vigente de tramitación, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 40, rola presentación en que se acompaña el documento que ya rola a fojas 26, incorporado junto con el requerimiento deducido y que no contiene todas las menciones exigidas por la ley; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.588-21-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, los Ministros señores José Ignacio Vásquez Márquez y Miguel Ángel Fernández González, y los Suplentes de Ministro señores Armando Jaramillo Lira y Rodrigo Delaveau Swett. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros y Suplentes de Ministro concurrieron al acuerdo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 06-01-2022 Fecha: 06-01-2022 Código de validación: 954a7c33-5358-47c1-b540-c884be88d9f6, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000043 CUARENTA Y TRES Natalia Morán Soto De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: jueves, 6 de enero de 2022 12:48 Para: patriciaayala.oficina@gmail.com; dvega_abogado@hotmail.com; PATRICIAAYALA.OFICINA@GMAIL.COM CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Admite a trámite con orden de suspensión Rol 12588-21 Datos adjuntos: 76307_1.pdf Sr. David Alexis Vega Becerra, y Maria Patricia Ayala Ayala, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12588-21, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por David Alberto Trajtmann Krystal respecto del artículo 2163, N° 7, del Código Civil, en el proceso Rol N° 10780-2019 (y acumulados), sobre recursos de casación y apelación, seguido ante la Corte de Apelaciones de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1