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TC Rol 12633

Tribunal Constitucional·Rol 12633

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0000042 CUARENTA Y DOS Santiago, veinte de enero de dos mil veintidós. A fojas 28, a todo, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 25, con fecha 6 de enero de 2022, se resolvió apercibir a la requirente bajo tercero día, dado que el requerimiento presentado “no contiene una exposición clara de los hechos y fundamentos en que se apoya y de cómo ellos producen como resultado la infracción constitucional alegada, no siendo idónea a tal efecto la referencia genérica de los mismos que se lee a fojas 2”; 2°. Que, a fojas 28, rola presentación en que no se cumple lo ordenado, por cuanto no se especifican los hechos que se siguen en la gestión invocada en los términos exigidos por la ley; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitació...

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