TC Rol 12713
Tribunal Constitucional·Rol 12713
Sumario
0000059 CINCUENTA Y NUEVE Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintidós. A fojas 52, a lo principal, estese a lo que se resolverá; al otrosí, por acompañados los documentos. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 2°. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado. 3°. Que, por lo anterior, la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y se aplicará el apercibimiento dispuesto por el artículo 82 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido...
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0000059 CINCUENTA Y NUEVE Santiago, veintisiete de enero de dos mil veintidós. A fojas 52, a lo principal, estese a lo que se resolverá; al otrosí, por acompañados los documentos. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que esta Sala resolvió no admitir a tramitación el presente requerimiento, sin perjuicio de conferir al requirente un plazo de tres días para subsanar los defectos de que adolecía, bajo apercibimiento de tenerlo por no presentado. 2°. Que el requirente no dio cumplimiento en forma a lo ordenado. 3°. Que, por lo anterior, la presente acción no podrá ser admitida a trámite, y se aplicará el apercibimiento dispuesto por el artículo 82 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 6°, e inciso undécimo, de la Constitución y en los artículos 79 y siguientes de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: téngase por no presentado el requerimiento deducido a fojas 1, para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol Nº 12.713-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, y por sus Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el País. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 28-01-2022 Fecha: 28-01-2022 Código de validación: 9575a90a-c40c-46e2-a189-4315339029ab, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000060 SESENTA Gilda Vera Zamorano De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: viernes, 28 de enero de 2022 10:35 Para: claudiatello.notifica@gmail.com; CLAUDIATELLOABOGADODEFENSOR@GMAIL.COM; NOTIFICA_FN@MINPUBLICO.CL CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12713-22 Datos adjuntos: 77654_1.pdf Señora abogada Claudia Soledad Tello Manríquez, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12713-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Marcelo Andrés Herrera Bastías respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 2001186907-7, RIT N° 213-2021, seguido ante el Decimotercer Juzgado de Garantía de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1 0000061 SESENTA Y UNO Gilda Vera Zamorano De: tribunalconstitucional.cl <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: viernes, 28 de enero de 2022 10:37 Para: notifica_fn@minpublico.cl; yyevenes@minpublico.cl; pcampos@minpublico.cl; hferrera@minpublico.cl; palarcon@minpublico.cl; xarmendariz@minpublico.cl CC: notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12713-22 Datos adjuntos: 77656_1.pdf Señor Jorge Abbott Charme Fiscal Nacional del Ministerio Público En el marco del Convenio de comunicación Ministerio Público - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12713- 22 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Marcelo Andrés Herrera Bastías respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 2001186907-7, RIT N° 213-2021, seguido ante el Decimotercer Juzgado de Garantía de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada secretaria@tcchile.cl Tribunal Constitucional Huérfanos 1234, Santiago - Chile 1