TC Rol 12771
Tribunal Constitucional·Rol 12771
Sumario
0000017 DIEZ Y SIETE Santiago, diez de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 20 de enero del año en curso, que rola a fojas 14, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.771-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, el Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Suplentes de Ministros señores Rodrigo Delaveau Swett y Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la...
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0000017 DIEZ Y SIETE Santiago, diez de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 20 de enero del año en curso, que rola a fojas 14, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.771-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán, el Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, y los Suplentes de Ministros señores Rodrigo Delaveau Swett y Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 10-02-2022 Fecha: 10-02-2022 Código de validación: 95913b79-2956-4630-b556-fd6cced6e522, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000018 DIEZ Y OCHO Notificaciones TC (OFS) De: Notificaciones TC <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: viernes, 11 de febrero de 2022 11:45 Para: miguel.alvarez.sepulveda@gmail.com CC: seguimiento@tcchile.cl; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución -Rol 12771-22 Datos adjuntos: 78252_1.pdf Señor Miguel Álvarez Sepúlveda, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por la Primera Sala de esta Magistratura en el proceso Rol N° 12771-22- INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Franco Patricio Retamales Muñoz respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, en el proceso penal RUC N° 2100718442-2, RIT N° 1373- 2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Río Negro. Atentamente, Secretaria Abogada 1