TC Rol 12774
Tribunal Constitucional·Rol 12774
Sumario
0000118 CIENTO DIEZ Y OCHO Santiago, tres de febrero de dos mil veintidós. A fojas 111, a lo principal, no ha lugar. Estese a lo que se resolverá; al otrosí, ténganse por acompañados. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 24 de enero del año en curso, que rola a fojas 109, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.774-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Cristián Letelier Aguilar, señora María Pía Silva Gallinato, y el Suplente de M...
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0000118 CIENTO DIEZ Y OCHO Santiago, tres de febrero de dos mil veintidós. A fojas 111, a lo principal, no ha lugar. Estese a lo que se resolverá; al otrosí, ténganse por acompañados. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 24 de enero del año en curso, que rola a fojas 109, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.774-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Juan José Romero Guzmán y los Ministros señores Iván Aróstica Maldonado, Cristián Letelier Aguilar, señora María Pía Silva Gallinato, y el Suplente de Ministro señor Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Juan José Romero Guzmán María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 03-02-2022 Fecha: 04-02-2022 Código de validación: 95838e81-c3a4-4691-bb6c-3ede8add0693, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000119 CIENTO DIEZ Y NUEVE Natalia Morán Soto De: notificaciones Enviado el: lunes, 7 de febrero de 2022 9:05 Para: olayaeh_7@hotmail.com CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12774-22 Datos adjuntos: 78073_1.pdf Sra. Margarita Olaya Escobar Hernández, por el requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12774-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Erwin Arriagada Ocampo, y otros respecto del artículo 181, inciso segundo, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-2102-2020, seguido ante el Primer Juzgado de Letras en lo Civil de Temuco, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Temuco, por recurso de hecho, bajo el Rol N° 742- 2021. Atentamente, Secretaria Abogada 1