TC Rol 12857
Tribunal Constitucional·Rol 12857
Sumario
0000027 VEINTE Y SIETE Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento a cabalidad a lo ordenado por esta Sala con fecha 3 de febrero del año en curso, que rola a fojas 15, en cuanto aclarar la calificación jurídica de los delitos por los cuales se encuentra investigada, toda vez que en su presentación de fojas 24 señala dentro de los ilícitos imputados la infracción al artículo 4 de la Ley N° 20.000, esto es tráfico en pequeñas cantidades, lo que no se condice con el certificado que acompaña a fojas 13, que señala tráfico ilícito de drogas, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol ...
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0000027 VEINTE Y SIETE Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento a cabalidad a lo ordenado por esta Sala con fecha 3 de febrero del año en curso, que rola a fojas 15, en cuanto aclarar la calificación jurídica de los delitos por los cuales se encuentra investigada, toda vez que en su presentación de fojas 24 señala dentro de los ilícitos imputados la infracción al artículo 4 de la Ley N° 20.000, esto es tráfico en pequeñas cantidades, lo que no se condice con el certificado que acompaña a fojas 13, que señala tráfico ilícito de drogas, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.857-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente Subrogante, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, la Ministra señora María Pía Silva Gallinato y los Suplentes de Ministros señores Rodrigo Delaveau Swett y Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente Subrogante de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Iván Enrique Aróstica Maldonado María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 17-02-2022 Fecha: 17-02-2022 Código de validación: 959fc78d-ae99-496c-85e6-bfe12d29d336, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000028 VEINTE Y OCHO Gilda Vera Zamorano De: notificaciones Enviado el: viernes, 18 de febrero de 2022 11:03 Para: mcortes@cmov.cl; rubenastudillot@hotmail.com CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12857-22 Datos adjuntos: 78390_1.pdf Señor abogado Mauricio Cortés Pinto, por la requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12857-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Francisca González Oyarzún, respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N°18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N°17.798, en el proceso penal RUC N°2101162251-5, RIT N°6233-2021, seguido ante el Juzgado de Garantía de Colina. Atentamente, Secretaria Abogada 1