TC Rol 12871
Tribunal Constitucional·Rol 12871
Sumario
0000023 VEINTE Y TRES Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 3 de febrero del año en curso, que rola a fojas 20, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.871-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente Subrogante, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, la Ministra señora María Pía Silva Gallinato y los Suplentes de Ministros señores Rodrigo Delaveau Swett y Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente Subrogante de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Mi...
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0000023 VEINTE Y TRES Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 3 de febrero del año en curso, que rola a fojas 20, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.871-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente Subrogante, Ministro señor Iván Aróstica Maldonado, la Ministra señora María Pía Silva Gallinato y los Suplentes de Ministros señores Rodrigo Delaveau Swett y Armando Jaramillo Lira. Firma el señor Presidente Subrogante de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Iván Enrique Aróstica Maldonado María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 17-02-2022 Fecha: 17-02-2022 Código de validación: 959fc790-d1a2-419a-bed8-2fdded8e0a23, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000024 VEINTE Y CUATRO Natalia Morán Soto De: notificaciones Enviado el: viernes, 18 de febrero de 2022 9:19 Para: abogadofran73@gmail.com; CONTACTO@LADEFENSA.CL CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12871-22 Datos adjuntos: 78366_1.pdf Sr. Francisco Oyarzun Pérez, por la requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12871-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Olga Cubillos Velozo, respecto del artículo 8°, numerales 2 y 9, párrafo segundo, de la Ley N° 18.101, que fija normas especiales sobre arrendamiento de predios urbanos, en el proceso Rol N° 37318-2018, seguido ante el Vigésimo Séptimo Juzgado Civil de Santiago, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Santiago, por recurso de hecho, bajo el rol 11754-2021. Atentamente, Secretaria Abogada 1