TC Rol 12967
Tribunal Constitucional·Rol 12967
Sumario
0000041 CUARENTA Y UNO Santiago, veinticuatro de marzo dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que no se ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.967-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Nelson Pozo Silva, los Ministros señores Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores, y la Suplente de Ministro, señora Natalia Muñoz Chiu. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros y la señora Suplente de Ministro concurrieron al acuerdo, per...
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0000041 CUARENTA Y UNO Santiago, veinticuatro de marzo dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que no se ha dado estricto cumplimiento a lo ordenado por esta Sala. Por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 12.967-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Nelson Pozo Silva, los Ministros señores Miguel Ángel Fernández González y Rodrigo Pica Flores, y la Suplente de Ministro, señora Natalia Muñoz Chiu. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señores Ministros y la señora Suplente de Ministro concurrieron al acuerdo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Nelson Pozo Silva María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 25-03-2022 Fecha: 25-03-2022 Código de validación: 95e74746-bcd8-4163-a54a-4929cb1cb174, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000042 CUARENTA Y DOS Gilda Vera Zamorano De: notificaciones Enviado el: viernes, 25 de marzo de 2022 12:48 Para: defensaspenaleschile@gmail.com CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 12967-22 Datos adjuntos: 80282_1.pdf Señor abogado Víctor Silvio Contreras Campos, por los requirentes: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12967-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Cristóbal Raimundo Rodríguez Celis, Juan Manuel Rodríguez Celis, y Juana Marina Cornejo González respecto de los artículos 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216; y 17 B), inciso segundo, de la Ley N° 17.798, en el proceso penal RUC N° 1900614529-1, RIT N° 921-2019, seguido ante el Juzgado de Garantía de Santa Cruz. Atentamente, Secretaria Abogada 1