TC Rol 12968
Tribunal Constitucional·Rol 12968
Sumario
0000371 TRESCIENTOS SETENTA Y UNO 1 Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 364. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. 2) Dejase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.968-22 I...
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0000371 TRESCIENTOS SETENTA Y UNO 1 Santiago, cuatro de agosto de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) Ha lugar a la solicitud de lo principal de fojas 364. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. 2) Dejase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 12.968-22 INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por su Presidenta, Ministra señora NANCY YÁÑEZ FUENZALIDA, por sus Ministros señores CRISTIÁN LETELIER AGUILAR, NELSON POZO SILVA, señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, señores MIGUEL ÁNGEL FERNÁNDEZ GONZÁLEZ, RODRIGO PICA FLORES y señora DANIELA MARZI MUÑOZ, y por el Suplente de Ministro señor MANUEL NÚÑEZ POBLETE. Firma la señora Presidenta del Tribunal, y se certifica que los demás señoras y señores Ministros concurren al acuerdo y fallo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el País. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 04-08-2022 Fecha: 04-08-2022 Código de validación: 96f1aaf6-a07d-4cc7-af37-3b5d354ed2c4, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000372 TRESCIENTOS SETENTA Y DOS Notificaciones TC (NMS) De: Notificaciones TC <notificaciones@tcchile.cl> Enviado el: lunes, 8 de agosto de 2022 15:37 Para: j.jabogados@gmail.com; HEDVIDGE.MM@GMAIL.COM; junzuetar@yahoo.es; robertogonzalezm@hotmail.com; fernando.pina.rodriguez@gmail.com CC: seguimiento@tcchile.cl; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Desistimiento Rol 12968-22 Datos adjuntos: 87783_1.pdf Sr. Enrique Jiménez Mira, por la parte requirente: Sres. Jorge Unzueta Rivas y Roberto González, por la demandante Marisol del Carmen Pizarro: Sr. Fernando Gabriel Piña Rodriguez, por la demandada Daniela Madrid: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12968-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Fundación Educacional Lions School respecto de los artículos 358, numerales cuarto y quinto; y 384, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-2474–2020, sobre indemnización de perjuicios, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio. Atentamente, Secretaria Abogada 1 0000373 TRESCIENTOS SETENTA Y TRES Natalia Morán Soto De: Notificaciones Tc Enviado el: lunes, 8 de agosto de 2022 15:39 Para: jl2_sanantonio@pjud.cl CC: María Angélica Barriga Meza; Mónica Sánchez Abarca; Notificaciones Tc Asunto: Comunica Desistimiento y alza de suspensión Rol 12968-22 Datos adjuntos: 87785_1.pdf Doña Teresa De Jesus Nilo Carvajal Oficial Primero Segundo Juzgado de Letras de San Antonio En el marco del Convenio de comunicación Segundo Juzgado de Letras de San Antonio - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12968-22 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Fundación Educacional Lions School respecto de los artículos 358, numerales cuarto y quinto; y 384, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-2474–2020, sobre indemnización de perjuicios, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio. Atentamente, Secretaria Abogada 1 0000374 TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO Natalia Morán Soto De: Notificaciones Tc Enviado el: lunes, 8 de agosto de 2022 15:39 Para: notificacionestc@minsegpres.gob.cl CC: María Angélica Barriga Meza; Mónica Sánchez Abarca; Notificaciones Tc Asunto: Comunica Desistimiento y alza de suspensión Rol 12968-22 Datos adjuntos: 87786_1.pdf Señor Kenneth Giorgio Jackson Drago Ministro Secretario General de la Presidencia Ministerio Secretaría General de la Presidencia En el marco del Convenio de comunicación Ministerio Secretaría General de la Presidencia - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12968-22 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Fundación Educacional Lions School respecto de los artículos 358, numerales cuarto y quinto; y 384, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-2474–2020, sobre indemnización de perjuicios, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio. Atentamente, Secretaria Abogada 1 0000375 TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO Natalia Morán Soto De: Notificaciones Tc Enviado el: lunes, 8 de agosto de 2022 15:39 Para: secretaria@senado.cl; constsen@senado.cl CC: María Angélica Barriga Meza; Mónica Sánchez Abarca; Notificaciones Tc Asunto: Comunica Desistimiento y alza de suspensión Rol 12968-22 Datos adjuntos: 87787_1.pdf Señor Raúl Guzmán Uribe Secretario General Senado de la República En el marco del Convenio de comunicación Senado de la República - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12968-22 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Fundación Educacional Lions School respecto de los artículos 358, numerales cuarto y quinto; y 384, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-2474–2020, sobre indemnización de perjuicios, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio. Atentamente, Secretaria Abogada 1 0000376 TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS Natalia Morán Soto De: Notificaciones Tc Enviado el: lunes, 8 de agosto de 2022 15:40 Para: tc_camara@congreso.cl; jsmok@congreso.cl; mramos@congreso.cl; vhellwig@congreso.cl; gdiaz@congreso.cl CC: María Angélica Barriga Meza; Mónica Sánchez Abarca; Notificaciones Tc Asunto: Comunica Desistimiento y alza de suspensión Rol 12968-22 Datos adjuntos: 87788_1.pdf Señor Miguel Landeros Perkic Secretario Cámara de Diputadas y Diputados En el marco del Convenio de comunicación Cámara de Diputadas y Diputados - Tribunal Constitucional, vengo en comunicar y remitir adjunta resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 12968-22 INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Fundación Educacional Lions School respecto de los artículos 358, numerales cuarto y quinto; y 384, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-2474–2020, sobre indemnización de perjuicios, seguido ante el Segundo Juzgado de Letras de San Antonio. Atentamente, Secretaria Abogada 1