TC Rol 13039
Tribunal Constitucional·Rol 13039
Sumario
0000061 SESENTA Y UNO Santiago, once de abril de dos mil veintidós. A fojas 25, a lo principal, téngase por cumplido lo ordenado; al otrosí, téngase por acompañado. A fojas 29, a lo principal, téngase como parte; primer otrosí, estese a lo que se resolverá; al segundo otrosí, ténganse por acompañados; al tercer otrosí, como se pide. A fojas 43, a lo principal, estese a lo que se resolverá; al otrosí, ténganse por acompañados. A fojas 50, a lo principal, téngase presente; al otrosí, ténganse por acompañados. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 23, con fecha 25 de marzo de 2022, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado actualizado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce con individualización completa de todas las partes y apoderados, sus domicilios, y de su estado vigente de tramitación en lo que respecta a la impugnación indicada a fojas 1. Lo anterior, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 25, ...
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0000061 SESENTA Y UNO Santiago, once de abril de dos mil veintidós. A fojas 25, a lo principal, téngase por cumplido lo ordenado; al otrosí, téngase por acompañado. A fojas 29, a lo principal, téngase como parte; primer otrosí, estese a lo que se resolverá; al segundo otrosí, ténganse por acompañados; al tercer otrosí, como se pide. A fojas 43, a lo principal, estese a lo que se resolverá; al otrosí, ténganse por acompañados. A fojas 50, a lo principal, téngase presente; al otrosí, ténganse por acompañados. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 23, con fecha 25 de marzo de 2022, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado actualizado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce con individualización completa de todas las partes y apoderados, sus domicilios, y de su estado vigente de tramitación en lo que respecta a la impugnación indicada a fojas 1. Lo anterior, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 25, rola presentación en que se acompaña un certificado expedido por el Juzgado de Garantía de San Pedro de la Paz, que da cuenta de haberse acogido un incidente de nulidad en relación con la audiencia de comunicación de la decisión de no perseverar en el procedimiento; 3°. Que, posterior a ello, rola resolución del anotado Juzgado de Garantía de 29 de marzo de 2022, dejando sin efecto lo antes resuelto en el siguiente sentido: “dejándose sin efecto nulidad presentada por el querellante por extemporánea, y en consecuencia se retrotrae la causa a lo resuelto en audiencia de fecha 18 de marzo de 2022, que tuvo por comunicada la decisión del Ministerio Público de no perseverar en estos antecedentes” (fojas 49); 4°. Que, por lo anterior y dado que el certificado acompañado por la parte requirente no especifica dicho estado procesal de la gestión invocada vinculada a la impugnación deducida a fojas 1, y considerando el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, Código de validación: 960a04ec-e1bb-46fc-8234-54d82048be23, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000062 SESENTA Y DOS SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.039-22-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Cristián Letelier Aguilar, los Ministros señora María Pía Silva Gallinato y señor Rodrigo Pica Flores, y los Suplentes de Ministro señor Manuel Núñez Poblete y señora Natalia Muñoz Chiu. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señoras y señores Ministros concurrieron al acuerdo, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Cristián Letelier Aguilar María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 11-04-2022 Fecha: 11-04-2022 Código de validación: 960a04ec-e1bb-46fc-8234-54d82048be23, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000063 SESENTA Y TRES Marco Ortuzar Orellana De: notificaciones Enviado el: lunes, 11 de abril de 2022 16:29 Para: sdiaz@legaltec.cl; msainz@legaltec.cl; mpena@legaltec.cl; CAGH25@HOTMAIL.COM CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 13039-22 Datos adjuntos: 81238_1.pdf Sra. Soledad Díaz Tapia, Matías Sáinz Rojas, Diego Vergara Vaccia, y Marcela Peña Vergara por la requirente Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 13039-22-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Zurich Santander Seguros Chile respecto del artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N° 1810011686-K, RIT N° 2028-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de San Pedro de La Paz . Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada 1 0000064 SESENTA Y CUATRO Marco Ortuzar Orellana De: notificaciones Enviado el: lunes, 11 de abril de 2022 16:32 Para: CAGH25@HOTMAIL.COM CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 13039-22 Datos adjuntos: 81239_1.pdf Sr. Claudiol Alexis González Hormazabal en representación de Rodrigo Alejandro Rivera Fuentes Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 13039-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Zurich Santander Seguros Chile respecto del artículo 248, letra c), del Código Procesal Penal, en el proceso penal RUC N° 1810011686-K, RIT N° 2028-2018, seguido ante el Juzgado de Garantía de San Pedro de La Paz . Atentamente, Secretaria Abogada 1