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TC Rol 13169

Tribunal Constitucional·Rol 13169

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Sumario

0000375 TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO Santiago, veintiocho de junio de dos mil veintidós. A fojas 33, ténganse por acompañadas las piezas remitidas. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente, a fojas 368, ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que, a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que, transcurrido el plazo para evacuar traslado, no hubo presentaciones. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: 1. Ha lugar a la solicitud de fojas 368. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. 2. Álcese la suspensión del procedimiento decretada en autos. Ofíciese. Notif...

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