TC Rol 13171
Tribunal Constitucional·Rol 13171
Sumario
0000032 TREINTA Y DOS Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. A fojas 24, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la requirente no dio cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 2 de mayo del año en curso, que rola a fojas 22, en cuanto acompañar un certificado emanado del tribunal donde actualmente se ventila la gestión pendiente, y que dice relación con el conflicto constitucional que plantea en el requerimiento, toda vez que en su presentación de fojas 24 no acompaña el certificado del tribunal donde se tramita el recurso de apelación que invoca a fojas 2, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.171-22...
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0000032 TREINTA Y DOS Santiago, dieciséis de mayo de dos mil veintidós. A fojas 24, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la requirente no dio cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 2 de mayo del año en curso, que rola a fojas 22, en cuanto acompañar un certificado emanado del tribunal donde actualmente se ventila la gestión pendiente, y que dice relación con el conflicto constitucional que plantea en el requerimiento, toda vez que en su presentación de fojas 24 no acompaña el certificado del tribunal donde se tramita el recurso de apelación que invoca a fojas 2, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.171-22-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Cristián Letelier Aguilar, los Ministros señora María Pía Silva Gallinato, señor Miguel Ángel Fernández González, señora Daniela Marzi Muñoz, y la Suplente de Ministro señora Natalia Muñoz Chiu. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señoras y señor Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Cristián Letelier Aguilar María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 16-05-2022 Fecha: 16-05-2022 Código de validación: 96508b95-58f3-43ee-a8b2-33f3153bc9e0, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000033 TREINTA Y TRES Natalia Morán Soto De: notificaciones Enviado el: martes, 17 de mayo de 2022 17:37 Para: denis.martincarrasco@gmail.com CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 13171-22 Datos adjuntos: 82932_1.pdf Sr. Denis Martin Carrasco, por la requirente: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 13171-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Ingeniería y Mantención Industrial Serfacont Ltda., y Víctor Hugo Contreras Castillo, respecto de la frase "La tasación será la que figure en el rol de avalúos que esté vigente para los efectos de la contribución de haberes,", contenida en el artículo 486, inciso primero, del Código de Procedimiento Civil, en el proceso Rol C-4722-2017, seguido ante el Tercer Juzgado de Letras en lo Civil de Concepción. Atentamente, Secretaria Abogada 1