TC Rol 13220
Tribunal Constitucional·Rol 13220
Sumario
0000055 CINCUENTA Y CINCO Santiago, dieciséis de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 13 de mayo del año en curso, que rola a fojas 48, toda vez que en su presentación de fojas 50 acompaña un certificado emanado del Juzgado de Policía Local de La Ligua, el cual no contiene todas las menciones que se señalan en el artículo 79, inciso segundo de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.220-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su President...
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0000055 CINCUENTA Y CINCO Santiago, dieciséis de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que el requirente no dio cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 13 de mayo del año en curso, que rola a fojas 48, toda vez que en su presentación de fojas 50 acompaña un certificado emanado del Juzgado de Policía Local de La Ligua, el cual no contiene todas las menciones que se señalan en el artículo 79, inciso segundo de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.220-22-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Nelson Pozo Silva y los Ministros señores José Ignacio Vásquez Márquez, Miguel Ángel Fernández González, Rodrigo Pica Flores y señora Nancy Yáñez Fuenzalida. Firma el señor Presidente de la Sala, y se certifica que los demás señora y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Nelson Pozo Silva María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 16-06-2022 Fecha: 16-06-2022 Código de validación: 968e6a1a-9443-4f3f-aeed-f0be975e47d9, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000056 CINCUENTA Y SEIS Marco Ortuzar Orellana De: seguimiento Enviado el: viernes, 17 de junio de 2022 8:50 Para: Gilda Vera Zamorano; María Jesús Ramírez O'Ryan; Marco Ortuzar Orellana; Mónica Sánchez Abarca; Natalia Morán Soto; Oscar Fuentes Salazar; tramitacionelectronica Asunto: RV: Comunica Resolución Rol 13220-22 Datos adjuntos: 84756_1.pdf De: notificaciones <notificaciones@tcchile.cl> Enviados: viernes, 17 de junio de 2022 8:49:41 (UTC-04:00) Santiago Para: franabalon@hotmail.com <franabalon@hotmail.com> Cc: seguimiento <seguimiento@tcchile.cl>; notificaciones.tc@gmail.com <notificaciones.tc@gmail.com> Asunto: Comunica Resolución Rol 13220-22 Sr. Francisco Renato Anabalón Aburto por la requirente; Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 13220-22-INA, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Agrícola San José Limitada, respecto del artículo 20, de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en el proceso Rol N° 2849-2021, seguido ante el Juzgado de Policía Local de La Ligua, en actual recurso de apelación subsidiario. Ruego acusar recibo Atentamente, Secretaria Abogada 1