TC Rol 13254
Tribunal Constitucional·Rol 13254
Sumario
0000044 CUARENTA Y CUATRO Santiago, dieciséis de junio de dos mil veintidós. A fojas 25, a todo, estese a lo que se resolverá. A fojas 29, estese a lo que se resolverá; al primer otrosí, ténganse por acompañados; al segundo otrosí, como se pide. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la requirente no dio cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala con fecha 30 de mayo del año en curso, que rola a fojas 23, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.254-22-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Cristián Letelier Aguilar, por sus Ministros señora María Pía Silva Gallinat...
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0000044 CUARENTA Y CUATRO Santiago, dieciséis de junio de dos mil veintidós. A fojas 25, a todo, estese a lo que se resolverá. A fojas 29, estese a lo que se resolverá; al primer otrosí, ténganse por acompañados; al segundo otrosí, como se pide. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la requirente no dio cumplimiento dentro de plazo a lo ordenado por esta Sala con fecha 30 de mayo del año en curso, que rola a fojas 23, y por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 13.254-22-INA. Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor Cristián Letelier Aguilar, por sus Ministros señora María Pía Silva Gallinato, señor Rodrigo Pica Flores, señora Daniela Marzi Muñoz, y por el Suplente de Ministro señor Manuel Núñez Poblete. Firma la señora Presidenta de la Sala, y se certifica que los demás señoras y señores Ministros concurrieron al acuerdo de la presente resolución, pero no firman por no encontrarse en dependencias físicas de esta Magistratura, en cumplimiento de las medidas dispuestas ante la alerta sanitaria existente en el país. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. Cristián Letelier Aguilar María Angélica Barriga Meza Tribunal Constitucional Tribunal Constitucional Fecha: 17-06-2022 Fecha: 17-06-2022 Código de validación: 96907662-7e8b-49ec-aa52-7f161132f85a, el cual puede ser validado en el siguiente enlace: HTTPS://VALIDACION.TCCHILE.CL/ 0000045 CUARENTA Y CINCO Gilda Vera Zamorano De: notificaciones Enviado el: viernes, 17 de junio de 2022 16:28 Para: claudio.si@abssi.cl; k.salinasirarrazaval@gmail.com; C.SALINASIRARRAZAVAL@GMAIL.COM; SANDRANARANJO2008@YAHOO.ES CC: seguimiento; notificaciones.tc@gmail.com Asunto: Comunica Resolución Rol 13254-22 Datos adjuntos: 84855_1.pdf Señores abogados Claudio Salinas Irarrázaval, por el requirente; y, Sandra Naranjo Beiza, por el querellante: Comunico y remito adjunto resolución dictada por esta Magistratura en el proceso Rol N° 13254-22, sobre requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Víctor Andrés Larraín Suazo respecto del artículo 196 ter, inciso primero, parte final; e inciso segundo, parte primera, de la Ley N° 18.290, en el proceso penal RUC N° 2001210892-4, RIT N° 357-2021, seguido ante el Décimo Juzgado de Garantía de Santiago. Atentamente, Secretaria Abogada 1