TC Rol 13627
Tribunal Constitucional·Rol 13627
Sumario
0000125 CIENTO VEINTICINCO Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. A fojas 124, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que se evacuó presentación a fojas 124, por la parte de Jorge Muñoz Covarrubias, allanándose al desistimiento señalado. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: I. Ha lugar a la solicitud de fojas 113. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. II. Se deja sin efecto la suspensión del procedimiento decretada en autos. Notifíquese y ...
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0000125 CIENTO VEINTICINCO Santiago, nueve de noviembre de dos mil veintidós. A fojas 124, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida; 2°. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3°. Que se evacuó presentación a fojas 124, por la parte de Jorge Muñoz Covarrubias, allanándose al desistimiento señalado. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica de esta Magistratura, SE RESUELVE: I. Ha lugar a la solicitud de fojas 113. Téngase a la parte requirente por desistida y terminado el presente proceso constitucional a su respecto. II. Se deja sin efecto la suspensión del procedimiento decretada en autos. Notifíquese y comuníquese. Rol N° 13.627-22-INA. Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 10/11/2022 Cristián Letelier Aguilar Nelson Pozo Silva Fecha: 10/11/2022 Fecha: 10/11/2022 José Ignacio Vásquez Márquez María Pía Silva Gallinato Fecha: 11/11/2022 Fecha: 10/11/2022 0000126 CIENTO VEINTISEIS Miguel Angel Fernández González Manuel Antonio Núñez Poblete Fecha: 10/11/2022 Fecha: 17/11/2022 Natalia Marina Muñoz Chiu Fecha: 15/11/2022 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, y por sus Ministros señor Cristian Omar Letelier Aguilar, señor Nelson Roberto Pozo Silva, señor José Ignacio Vásquez Márquez, señora María Pía Silva Gallinato, señor Miguel Ángel Fernández González, Suplente de Ministro señor Manuel Antonio Nuñez Poblete y la Suplente de Ministro señora Natalia Marina Muñoz Chiu. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. María Angélica Barriga Meza Fecha: 17/11/2022 5F3F8C04-507A-4EAA-9F57-D9A87219E0EF Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.