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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 14366

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Sumario

0000654 SEISCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO 2023 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 14.366-2023 [23 de noviembre de 2023] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 387, INCISO SEGUNDO, DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL VÍCTOR HUGO MORENO BARRERA EN EL PROCESO PENAL RIT N° 492-2022, RUC N° 2001112064-5, SEGUIDO ANTE EL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VIÑA DEL MAR VISTOS: Que, con fecha 29 de mayo de 2023, Víctor Hugo Moreno Barrera, ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 387, inciso segundo, del Código Procesal Penal, para que ello incida en el proceso penal RIT N° 492-2022, RUC N° 2001112064-5, seguido ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar. Precepto legal cuya aplicación se impugna El texto del precepto impugnado dispone lo siguiente: Código Procesal Penal “Artículo 387 (…) Tampoco será susceptible de recurso algu...

Considerandos

  1. Considerando 1

    #
  2. Considerando 2

    #

Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #s garantías contenidas en los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política, pues establece una diferencia de carácter arbitraria que no encuentra un fundamento razon
  • fundaexternal #ica del Tribunal Constitucional en conformidad al artículo 93 de la Constitución). En la especie, encontrándose concluida la gestión pendiente invocada en el requerimiento, se advi
  • fundaexternal # la pronta y cumplida administración de justicia (artículo 77 de la Constitución), y como fin mediato la tutela de diversos derechos e intereses, no sólo del Estado de hacer efecti
  • aplicaexternal #: “Atendido lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 387 del Código Procesal Penal, se declara improcedente el recurso de nulidad interpuesto por la abogada defensora Jacqueline Asto
  • aplicaexternal #entencia de reemplazo la excepción. En efecto, el artículo 386 del Código Procesal Penal establece que “Salvo los casos mencionados en el artículo 385, si la Corte acogiere el recurso anul
  • aplicaexternal #dictar sentencia de reemplazo se contemplan en el artículo 385 del Código Procesal Penal, a saber, “que el fallo hubiere calificado de delito un hecho que la ley no considerare tal, aplica
  • aplicaexternal #ración, rectificación y enmienda que establece el artículo 182 del Código de Procedimiento Civil”, pero es evidente que la funcionalidad de esta norma disminuye en el caso de sistemas recursivos e
  • aplicaexternal #ilusorio, considerando que, como se desprende del artículo 352 del Código Procesal Penal, no detenta la facultad de recurrir -ni sería lógico que lo hiciera- en contra de una sentencia abs
  • citaexternal #pelaciones de Valparaíso, el cual ingresó bajo el Rol N° 1205-2023 (Amparo) solicitando a esta Magistratura la suspensión del procedimiento. Por resolución de la Prim
  • citaexternal #s o resultados contrarios a la Constitución” (STC rol 479, c. 3°). De esta forma, se ha sostenido que “para que prospere la acción de inaplicabilidad por inc
  • citaexternal #l del asunto por parte del juez de la causa” (STC rol 4871, c. 10°). 4°. Que, de acuerdo a lo expuesto precedentemente, a través del conocimiento y resolución
  • citaexternal #por esta Magistratura en la sentencia del proceso Rol N° 986. En términos procesales, se elimina un recurso cuyo fundamento era el agravio y se mantiene el vici
  • citaexternal #oce la Corte de Apelaciones de Valparaíso bajo el rol N°2694-2022, y que acoge con fecha 03.01.2023, anulando la sentencia así como el juicio oral en el proceso RIT
  • aplicaarticle #1955rizontal por sobre el vertical. 2. La función del artículo 387 del Código Procesal Penal como regla de clausura 23°. Que, al momento de diseñar un sistema de recursos y de mecanismos de im
  • citalaw #29427 por mandato del literal g) del artículo 8° de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el voto del Presidente de esta Magistratura n