Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 14404

Modo lectura

Sumario

0000928 NOVECIENTOS VEINTIOCHO 2024 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol N° 14.404-23 INA [15 de mayo de 2024] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD RESPECTO DEL ARTÍCULO 29 DE LA LEY N° 20.032, QUE REGULA EL RÉGIMEN DE APORTES FINANCIEROS DEL ESTADO A LOS COLABORADORES ACREDITADOS, Y DE LOS ARTÍCULOS 18 BIS Y 49, INCISO SEXTO, DE LA LEY N° 21.302, QUE CREA EL SERVICIO NACIONAL DE PROTECCIÓN ESPECIALIZADA A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y MODIFICA NORMAS LEGALES QUE INDICA DANILO TRONCOSO JARA EN EL PROCESO ROL N° 87-2023, SUSTANCIADO ANTE LA CORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS VISTOS: Introducción A fojas 1, con fecha 6 de junio de 2023, el señor Danilo Troncoso Jara, abogado Coordinador del Programa “Mi Abogado”, de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, actuando en calidad de curador ad litem de la adolescente de iniciales D.H.R.K., deduce requerimiento de inaplicabilidad por inconsti...

Considerandos

  1. Considerando 1

    #
  2. Considerando 2

    #
  3. Considerando 3

    #
  4. Considerando 4

    #
  5. Considerando 5

    #
  6. Considerando 6

    #
  7. Considerando 7

    #
  8. Considerando 8

    #
  9. Considerando 9

    #

Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #de los artículos 18 bis y 49, inciso sexto, de la Ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica nor
  • aplicaexternal #licabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 29 de la Ley N° 20.032, que regula el régimen de aportes financieros del Estado a los colaboradores acreditados, y de los
  • aplicaexternal #res base especificados en el artículo siguiente. Artículo 18 bis de la Ley N° 21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia y modifica nor
  • aplicaexternal # precepto legal impugnado, que hace referencia al artículo 45 de la ley 21.302, establece que las resoluciones dictadas por la Corte de Apelaciones serán inapelables despojando d
  • aplicaexternal #edimiento de asignación de cupo contemplado en el artículo 19 de la Ley N°21.302 y en el Decreto Supremo N°12 del año 2021 del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, procedimie
  • aplicaexternal #cción Regional respectiva. Así, se indica que el artículo 49 de la ley 21.302 es categórico en regular cómo procede y debe realizarse la administración provisional de un sistema
  • fundaexternal #n de los Tribunales de Justicia establecido en el artículo 76 de la Constitución Política de la República; y alega que se trata de materias que deben regularse en una ley orgánica
  • fundaexternal #isivos en la resolución del asunto, como manda el artículo 93 de la Constitución. Por lo que toca al artículo 29 de la Ley Nº 20.032, se trata de una norma legal que regula el proc
  • citaexternal #bilidad impetrada surta sus efectos en el proceso Rol N° 87-2023, sustanciado ante la Corte de Apelaciones de Punta Arenas. Preceptos legales cuya aplicación se im
  • citalaw #214509undamenta, básicamente, en el DL Nº 2.465, que creó el Servicio Nacional de Menores, cuyo artículo 16 facultaría al T
  • citalaw #229557a ley, y conforme al artículo 8°, número 7, de la Ley N° 19.968, que establece la competencia de los Tribunales de Familia (fojas 243). El Servicio, por otro lado
  • citalaw #29427 la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) QUE SE RECHAZA EL REQUER
  • citalaw #240374constitucionalidad respecto del artículo 29 de la Ley N° 20.032, que regula el régimen de aportes financieros del Estado a los colaboradores acreditados, y de los