TC Rol 14473
Tribunal Constitucional·Rol 14473
Sumario
0000170 CIENTO SETENTA Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. A fojas 168, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 165, con fecha 10 de julio de 2023, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado actualizado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce con individualización completa de todas las partes y apoderados, sus domicilios, y de su estado vigente de tramitación en lo que respecta a la impugnación indicada a fojas 1. Lo anterior, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 168, rola presentación en que se acompaña documento expedido por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, y que no emana del actual Tribunal en que se sustancia la gestión que se invoca; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucio...
Texto completo
0000170 CIENTO SETENTA Santiago, veinticinco de julio de dos mil veintitrés. A fojas 168, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 165, con fecha 10 de julio de 2023, se resolvió apercibir a la requirente en orden en orden a acompañar un certificado actualizado de la gestión pendiente invocada que emane del Tribunal que actualmente la conoce con individualización completa de todas las partes y apoderados, sus domicilios, y de su estado vigente de tramitación en lo que respecta a la impugnación indicada a fojas 1. Lo anterior, bajo tercero día; 2°. Que, a fojas 168, rola presentación en que se acompaña documento expedido por el Primer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago, y que no emana del actual Tribunal en que se sustancia la gestión que se invoca; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 14.473-23-INA. Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 26/07/2023 Nelson Pozo Silva José Ignacio Vásquez Márquez Fecha: 26/07/2023 Fecha: 26/07/2023 Miguel Angel Fernández González Fecha: 26/07/2023 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, y por sus Ministros señor Nelson Roberto Pozo Silva, señor José Ignacio Vásquez Márquez y señor Miguel Ángel Fernández González. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional. 0000171 CIENTO SETENTA Y UNO María Angélica Barriga Meza Fecha: 26/07/2023 7EE1B7ED-826A-4C3B-94C0-0A8FCBA97819 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.