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TC Rol 1497

Tribunal Constitucional·Rol 1497

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Sumario

) cónto Listuerde y pueeco (/59) 1 Santiago, veintiséis de octubre de dos mil nueve. Proveyendo a lo principal y otrosies primero y segundo del escrito de la requirente de fojas 61: estése a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19. Que, por resolución fundada de ocho de octubre del año en curso -fojas >D6 a 5b9-, esta Magistratura no admitió a tramitación el requerimiento deducido a fojas uno, sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 41 de la Ley N? 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional; 29. Que el mencionado precepto legal dispone: "Los interesados, dentro de tres días contados desde la fecha de la comunicación, podrán subsanar los defectos de su requerimiento o completar los antecedentes que hubieren omitido. Si así no lo hicieren, el requerimiento se tendrá por no presentado para todos los efectos legales”; 3%. Que, a su turno, el artículo 33 de la mencionada ley orgánica constitucional establece, en lo pertinente, que “los...

Considerandos

  1. Considerando 2

    #

Normas y sentencias citadas

  • citaexternal #tifíquese por carta certificada a la requirente. Rol 1497-09-INA. Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presiden
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