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Cochid lexCorpus jurídico chileno
TCinaplicabilidad

INA-STC

Tribunal Constitucional·Rol 15067

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0000179 CIENTO SETENTA Y NUEVE 2024 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 15.067-23 INA [7 de noviembre de 2024] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LAS FRASES “CUANDO LO INTERPUSIERE EL MINISTERIO PÚBLICO” Y “DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL INCISO TERCERO DEL ARTICULO PRECEDENTE”, CONTENIDAS EN EL ARTICULO 277, INCISO SEGUNDO, DEL CODIGO PROCESAL PENAL HECTOR RODRIGO GODOY CORTEZ EN EL PROCESO RIT N° 10.284-2021, RUC N° 2110041481-0, SEGUIDO ANTE EL JUZGADO DE GARANTIA DE SAN BERNARDO, EN CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SAN MIGUEL, POR RECURSO DE HECHO, BAJO EL ROL N°3836-2023 (PENAL) VISTOS: Que, Héctor Rodrigo Godoy Cortéz, acciona de inaplicabilidad respecto de las frases “cuando lo interpusiere el Ministerio Público” y “de acuerdo con lo previsto en el inciso tercero del artículo precedente”, contenidas en el artículo 277 inciso segundo del Código Procesal Penal, en el pro...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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  11. Considerando 11

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  12. Considerando 12

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Normas y sentencias citadas

  • aplicaexternal #sibilidad establecidos en los numerales 5 y 6 del artículo 84 de la Ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. A fojas 111, indicó que en el caso concreto,
  • fundaexternal #especto a los demás intervinientes (en virtud del artículo 83 de la Constitución y de la presunción constitucional de la inocencia de la que gozan los imputados), es claro que, en
  • aplicaexternal #existe controversia en cuanto a que el mencionado artículo 277 del Código Procesal Penal, sólo admite la apelación cuando la ejerce el Ministerio Público y siempre que se trate de una excl
  • aplicaexternal #vo que no sea el que recoge el inciso tercero del artículo 276 del Código Procesal Penal o cuando se trata de la denegación de una solicitud de exclusión. Con fecha 28 de febrero de 202
  • aplicaexternal #nflicto constitucional. En seguida, se invoca el artículo 370 del Código Procesal Penal, al tenor del cual las resoluciones dictadas por el Juez de Garantía sólo son apelables cuando pone
  • aplicaexternal # las garantías fundamentales; en los términos del artículo 276 del Código Procesal Penal. Esto, a juicio de algunos requirentes, generaría agravio al no permitir que se impugne el auto de
  • citaexternal #ones de San Miguel, por recurso de Hecho, bajo el Rol N° 3836-2023 (Penal). Precepto legal cuya aplicación se impugna 1 0000180 CIENTO OCHENTA El texto del
  • citaexternal #io del ordenamiento jurídico en su conjunto” (STC Rol N°790-07). 5°. Que, en línea con lo anterior, debe tenerse en cuenta que la exclusión o denegación de una so
  • citalaw #29427idos en los numerales 5 y 6 del artículo 84 de la Ley N°17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. A fojas 111, indicó que en el caso concreto,
  • citalaw #243832dad, especialmente tras la entrada en vigor de la Ley N° 20.074 (Corte Suprema, 17 de mayo de 2021, Rol N° 16.974- 2021), en relación con la causal contemplada en