TC Rol 15293
Tribunal Constitucional·Rol 15293
Sumario
0000199 1 CIENTO NOVENTA Y NUEVE Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. A fojas 198, por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 185. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. Dejase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archíve...
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0000199 1 CIENTO NOVENTA Y NUEVE Santiago, diecinueve de junio de dos mil veinticuatro. A fojas 198, por evacuado el traslado. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: Ha lugar a la solicitud de fojas 185. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. Dejase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada. Ofíciese. Notifíquese y comuníquese. Archívese. Rol N° 15.293-24 INA. Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 21/06/2024 María Pía Silva Gallinato Miguel Angel Fernández González Fecha: 21/06/2024 Fecha: 24/06/2024 Daniela Beatriz Marzi Muñoz Raúl Eduardo Mera Muñoz Fecha: 21/06/2024 Fecha: 24/06/2024 Catalina Adriana Lagos Tschorne Alejandra Precht Rorris Fecha: 21/06/2024 Fecha: 26/06/2024 0000200 DOSCIENTOS Natalia Marina Muñoz Chiu Fecha: 21/06/2024 Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, y por sus Ministros señora María Pía Silva Gallinato, señor Miguel Ángel Fernández González, señora Daniela Beatriz Marzi Muñoz, señor Raúl Eduardo Mera Muñoz, señora Catalina Adriana Lagos Tschorne, señora Alejandra Precht Rorris y la Suplente de Ministro señora Natalia Marina Muñoz Chiu. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora María Angélica Barriga Meza. María Angélica Barriga Meza Fecha: 26/06/2024 013469DE-5811-4795-8D0A-3249D6E32CBD Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.