TC Rol 15464
Tribunal Constitucional·Rol 15464
Sumario
0000037 TREINTA Y SIETE Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro. A fojas 1, a todo, estese a lo que se resolverá. A fojas 36, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, téngase por retirado el requerimiento deducido a fojas 1, el que se tiene por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 15.464-24-INA José Ignacio Vásquez Márquez Fecha: 27/05/2024 Catalina Adriana Lagos Tschorne Héctor Antonio Mery Romero Fecha: 24/05/2024 Fecha: 24/05/2024 Marcela Inés Peredo Rojas Manuel Antonio Núñez Poblete Fecha: 24/05/2024 Fecha: 27/05/2024 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor José Ignacio Vásquez Márquez, y por sus Ministros señora Catalina Adriana Lagos Tschorne, señor Héctor Mery Romero, señora Marcela Inés Peredo Rojas y Suplente de Ministro señor Manuel Antonio Nuñez Poblete. Autoriza la Se...
Texto completo
0000037 TREINTA Y SIETE Santiago, veinticuatro de mayo de dos mil veinticuatro. A fojas 1, a todo, estese a lo que se resolverá. A fojas 36, teniendo presente lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, téngase por retirado el requerimiento deducido a fojas 1, el que se tiene por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese. Rol N° 15.464-24-INA José Ignacio Vásquez Márquez Fecha: 27/05/2024 Catalina Adriana Lagos Tschorne Héctor Antonio Mery Romero Fecha: 24/05/2024 Fecha: 24/05/2024 Marcela Inés Peredo Rojas Manuel Antonio Núñez Poblete Fecha: 24/05/2024 Fecha: 27/05/2024 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidente, Ministro señor José Ignacio Vásquez Márquez, y por sus Ministros señora Catalina Adriana Lagos Tschorne, señor Héctor Mery Romero, señora Marcela Inés Peredo Rojas y Suplente de Ministro señor Manuel Antonio Nuñez Poblete. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional. María Angélica Barriga Meza Fecha: 27/05/2024 D880481C-2084-4264-94DF-D44DFA24EE48 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.