TC Rol 15532
Tribunal Constitucional·Rol 15532
Sumario
0000042 CUARENTA Y DOS Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro. A fojas 37, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 35, con fecha 24 de junio de 2024, se resolvió solicitar la acreditación de poder suficiente para accionar ante el Tribunal Constitucional bajo apercibimiento de tener el requerimiento por no presentado para todos los efectos legales; 2°. Que, a fojas 37, rola presentación que no da estricto cumplimiento a lo previsto en los artículos 42 y 45 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, y en el artículo 6° del Código de Procedimiento Civil, así como en el Auto Acordado sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos seguidos ante el Tribunal Constitucional, de 20 de abril de 2023; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, p...
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0000042 CUARENTA Y DOS Santiago, dos de julio de dos mil veinticuatro. A fojas 37, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1°. Que, a fojas 35, con fecha 24 de junio de 2024, se resolvió solicitar la acreditación de poder suficiente para accionar ante el Tribunal Constitucional bajo apercibimiento de tener el requerimiento por no presentado para todos los efectos legales; 2°. Que, a fojas 37, rola presentación que no da estricto cumplimiento a lo previsto en los artículos 42 y 45 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, y en el artículo 6° del Código de Procedimiento Civil, así como en el Auto Acordado sobre Tramitación Electrónica de los Procedimientos seguidos ante el Tribunal Constitucional, de 20 de abril de 2023; 3°. Que, por lo anterior, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 15.532-24-INA. María Pía Silva Gallinato Fecha: 02/07/2024 Raúl Eduardo Mera Muñoz Catalina Adriana Lagos Tschorne Fecha: 03/07/2024 Fecha: 03/07/2024 Marcela Inés Peredo Rojas Fecha: 02/07/2024 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta Subrogante, Ministra señora María Pía Silva Gallinato, y por sus Ministros señor Raúl Eduardo Mera Muñoz, señora Catalina Adriana Lagos Tschorne y señora Marcela Inés Peredo Rojas. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional. 0000043 CUARENTA Y TRES María Angélica Barriga Meza Fecha: 04/07/2024 A1FF424A-3305-4688-91D4-BFC3C0A2EED2 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.