TC Rol 1566
Tribunal Constitucional·Rol 1566
Sumario
Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil diez. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, mediante escrito de 10 de febrero de 2010, el abogado Ricardo González Benavides, en representación del requirente señor Hugo Hernán Castagnini Pérez, en razón de los hechos que se indican en lo principal y en el otrosí de la presentación, pide a esta Magistratura Constitucional tener a esa parte por desistida de la acción deducida en estos autos, disponer el alzamiento de la suspensión del procedimiento en que incide, oficiando al tribunal arbitral de la Superintendencia de Salud y ordenar el archivo de los antecedentes; 2". Que en la misma presentación citada precedentemente la Isapre Banmédica S.A., representada por el abogado Omar Matus de la Parrá Sardá, solicita a esta Magistratura se sirva tener por aceptado el aludido desistimiento por su parte; 3%. Que a los efectos previstos en el artículo 33 A de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, mediante resolución de 2...
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Santiago, treinta y uno de marzo de dos mil diez. VISTOS Y CONSIDERANDO: 19, Que, mediante escrito de 10 de febrero de 2010, el abogado Ricardo González Benavides, en representación del requirente señor Hugo Hernán Castagnini Pérez, en razón de los hechos que se indican en lo principal y en el otrosí de la presentación, pide a esta Magistratura Constitucional tener a esa parte por desistida de la acción deducida en estos autos, disponer el alzamiento de la suspensión del procedimiento en que incide, oficiando al tribunal arbitral de la Superintendencia de Salud y ordenar el archivo de los antecedentes; 2". Que en la misma presentación citada precedentemente la Isapre Banmédica S.A., representada por el abogado Omar Matus de la Parrá Sardá, solicita a esta Magistratura se sirva tener por aceptado el aludido desistimiento por su parte; 3%. Que a los efectos previstos en el artículo 33 A de la Ley N* 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, mediante resolución de 23 de febrero de 2010- fojas 53-, se ordenó comunicar la referida presentación a la Presidente de la República, al Senado y a la Cámara de Diputados; 4”. Que, conforme a la certificación de la Secretaria de esta Magistratura, de 16 de marzo del año en curso, que rola a fojas 60, el plazo conferido por la norma legal antes referida se encuentra vencido. Se deja constancia, asimismo, de que los órganos individualizados precedentemente no hicieron valer observación alguna respecto del desistimiento y aceptación formulados en los términos reseñados. SE RESUELVE: Téngase al requirente, señor Hugo Hernán Castagnini Pérez, por desistido de la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad deducida, por aceptado el desistimiento por la Isapre Banmédica S.A., y por terminado este proceso constitucional. Déjase sin efecto la suspensión del procedimiento decretada en estos autos debiendo oficiarse al efecto al tribunal arbitral de la Superintendencia de Salud. Notifíquese por carta certificada a las partes de este proceso constitucional. Archívese. Rol 1566-09-INA. Pronunciada por el Excmo. Tribunal Constitucional, integrado por sus Ministros señores Marcelo Venegas Palacios (Presidente), José Luis Cea Egaña, Raúl Bertelsen Repetto, Hernán Vodanovic Schnake, señora Marisol Peña Torres y señores Enrique Navarro Beltrán, Francisco Fernández Fredes, Carlos Carmona Santander y José Antonio Viera-Gallo Quesney. Autoriza la Secretaria del Tribunal Constitucional, señora Marta de la Fuente Olguín.
Normas y sentencias citadas
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