Saltar al contenido
Cochid lexCorpus jurídico chileno
TC

TC Rol 16279

Tribunal Constitucional·Rol 16279

Modo lectura

Sumario

0000490 1 CUATROCIENTOS NOVENTA Santiago, siete de mayo de dos mil veinticinco. A fojas 471, por evacuado el traslado. A fojas 472, a sus antecedentes. VISTOS Y CONSIDERANDO: 1º. Que la parte requirente ha solicitado a esta Magistratura Constitucional que se tenga a su parte por desistida de la acción de inaplicabilidad deducida en autos; 2º. Que a los efectos previstos en el inciso tercero del artículo 46 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, el Tribunal confirió traslado por cinco días a las demás partes y a los órganos constitucionales, y 3º. Que no se formuló oposición al desistimiento requerido. Y TENIENDO PRESENTE lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: 1) Ha lugar a la solicitud de fojas 461. Téngase a la parte requirente por desistida y por terminado el presente proceso constitucional. 2) Dejase sin efecto la suspensión del procedimiento decreta...

Texto completo