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TC Rol 16679

Tribunal Constitucional·Rol 16679

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Sumario

0001847 UNO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y SIETE 2026 REPÚBLICA DE CHILE TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ____________ Sentencia Rol 16.679-2025 [6 de enero de 2026] ____________ REQUERIMIENTO DE INAPLICABILIDAD POR INCONSTITUCIONALIDAD RESPECTO DE LA EXPRESIÓN “SÓLO” CONTENIDA EN EL ARTÍCULO 67, N° 2 DE LA LEY N° 19.968, QUE CREA LOS TRIBUNALES DE FAMILIA HARUMATSU ENRIQUE KANDA MUÑOZ EN EL PROCESO RIT Z-3157-2023, RUC 23-2-3631052-3, SEGUIDO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE FAMILIA SANTIAGO, EN CONOCIMIENTO DE LA CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO, POR RECURSO DE HECHO, BAJO EL ROL N° 1840-2025 (FAMILIA) VISTOS: Que, con fecha 21 de julio de 2025, Harumatsu Enrique Kanda Muñoz ha presentado un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto de la expresión “sólo” contenida en el artículo 67, N° 2 de la Ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, en el proceso RIT Z-3157-2023, RUC 23-2-3631052-3, seguido ante el Segundo Juzgado de Familia Santiago, en conocimi...

Considerandos

  1. Considerando 1

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  2. Considerando 2

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  3. Considerando 3

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  4. Considerando 4

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  5. Considerando 5

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  6. Considerando 6

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  7. Considerando 7

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  8. Considerando 8

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  9. Considerando 9

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  10. Considerando 10

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Normas y sentencias citadas

  • fundaexternal #na el principio de inexcusabilidad, consagrado en artículo 76 de la Constitución, pues entiende que es deber de la Corte de Apelaciones de Santiago conocer del recurso de apelación
  • aplicaexternal #el régimen común, de acuerdo a lo previsto por el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. NOVENO: Que, en todo caso y aún si no fuera así, el caso no reviste particularidades que permitan
  • citaexternal #ciones de Santiago, por recurso de hecho, bajo el Rol N° 1840-2025 (Familia). 1 0001848 UNO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO Precepto legal cuya aplicación se
  • citalaw #229557ón “sólo” contenida en el artículo 67, N° 2 de la Ley N° 19.968, que crea los Tribunales de Familia, en el proceso RIT Z-3157-2023, RUC 23-2-3631052-3, seguido ant
  • citalaw #29427 la Constitución Política de la República y de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional, SE RESUELVE: I. QUE SE RECHAZA EL REQUERI