TC Rol 16788
Tribunal Constitucional·Rol 16788
Sumario
0000206 DOSCIENTOS SEIS Santiago, once de septiembre de dos mil veinticinco. A fojas 198, a lo principal y al otrosí, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento estricto a lo ordenado por esta Sala a fojas 196, en cuanto la certificación acompañada no precisa el estado procesal actual de la causa, omitiendo informar sobre la resolución definitiva del recurso de casación mencionado. En razón de ello, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. La Ministra señora Marcela Peredo Rojas estuvo por admitir a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad de autos considerando que la certificación de fojas 204 ...
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0000206 DOSCIENTOS SEIS Santiago, once de septiembre de dos mil veinticinco. A fojas 198, a lo principal y al otrosí, estese a lo que se resolverá. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, consta en autos que el requirente no ha dado cumplimiento estricto a lo ordenado por esta Sala a fojas 196, en cuanto la certificación acompañada no precisa el estado procesal actual de la causa, omitiendo informar sobre la resolución definitiva del recurso de casación mencionado. En razón de ello, atendido el tiempo transcurrido, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la Ley N° 17.997, Orgánica Constitucional de esta Magistratura, por lo que, SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. La Ministra señora Marcela Peredo Rojas estuvo por admitir a tramitación el requerimiento de inaplicabilidad de autos considerando que la certificación de fojas 204 precisa que la gestión sub lite se encuentra en etapa probatoria, estadio procesal desde el cual se articula el conflicto constitucional argüido. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.788-25-INA. María Pía Silva Gallinato Fecha: 12/09/2025 Raúl Eduardo Mera Muñoz Marcela Inés Peredo Rojas Fecha: 12/09/2025 Fecha: 11/09/2025 Mario René Gómez Montoya Fecha: 12/09/2025 Pronunciada por la Segunda Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora María Pía Silva Gallinato, y por sus Ministros señor Raúl Eduardo Mera Muñoz, señora Marcela Inés Peredo Rojas y señor Mario René Gómez Montoya. Autoriza el Secretario (S) del Tribunal Constitucional. 0000207 DOSCIENTOS SIETE José Francisco Leyton Jiménez Fecha: 12/09/2025 56B8B335-F1A0-49BD-9B62-D1AF0B90E6D4 Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.