TC Rol 16794
Tribunal Constitucional·Rol 16794
Sumario
0000055 CINCUENTA Y CINCO Santiago, doce de septiembre de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala en resolución de fecha 29 de agosto de 2025, que rola a fojas 50, pues no acompañó certificado expedido por el tribunal que actualmente conoce de la gestión judicial, que contenga todas las menciones del artículo 79 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Por lo tanto, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la referida Ley. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.794-25-INA Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 12/09/2025 Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Miguel Angel Fernández González Fecha: 12/09/2025 Fecha: 12/09/2025 Héctor Antonio Mery Romero Alejandra Prech...
Texto completo
0000055 CINCUENTA Y CINCO Santiago, doce de septiembre de dos mil veinticinco VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cumplimiento a lo ordenado por esta Sala en resolución de fecha 29 de agosto de 2025, que rola a fojas 50, pues no acompañó certificado expedido por el tribunal que actualmente conoce de la gestión judicial, que contenga todas las menciones del artículo 79 de la Ley Nº 17.997, Orgánica Constitucional del Tribunal Constitucional. Por lo tanto, corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de la referida Ley. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.794-25-INA Daniela Beatriz Marzi Muñoz Fecha: 12/09/2025 Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Miguel Angel Fernández González Fecha: 12/09/2025 Fecha: 12/09/2025 Héctor Antonio Mery Romero Alejandra Precht Rorris Fecha: 12/09/2025 Fecha: 12/09/2025 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta, Ministra señora Daniela Beatriz Marzi Muñoz, y por sus Ministros señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, señor Miguel Ángel Fernández González, señor Héctor Mery Romero y señora Alejandra Precht Rorris. Autoriza el Secretario (S) del Tribunal Constitucional. José Francisco Leyton Jiménez Fecha: 12/09/2025 054A0B25-5D25-47D2-9882-AFA49A7C158F Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.