TC Rol 16980
Tribunal Constitucional·Rol 16980
Sumario
0000090 NOVENTA Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco. A fojas 59, estese a lo que se resolverá. A fojas 61, a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 9 de octubre del año en curso, que rola a fojas 57, toda vez que el certificado que acompaña a fojas 59 emana del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, sin embargo la gestión pendiente invocada a fojas 2 y 10 corresponde a un recurso de apelación que se tramita ante la Corte de apelaciones de Santiago respecto de la apelación interpuesta contra la resolución que rechazó la oposición a las bases de remate, por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de dicho cuerpo legal. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Ro...
Texto completo
0000090 NOVENTA Santiago, veintiocho de octubre de dos mil veinticinco. A fojas 59, estese a lo que se resolverá. A fojas 61, a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: Que consta en autos que la parte requirente no dio cabal cumplimiento a lo ordenado por esta Sala con fecha 9 de octubre del año en curso, que rola a fojas 57, toda vez que el certificado que acompaña a fojas 59 emana del Vigésimo Noveno Juzgado Civil de Santiago, sin embargo la gestión pendiente invocada a fojas 2 y 10 corresponde a un recurso de apelación que se tramita ante la Corte de apelaciones de Santiago respecto de la apelación interpuesta contra la resolución que rechazó la oposición a las bases de remate, por tanto corresponde hacer efectivo el apercibimiento previsto en el inciso segundo del artículo 82 de dicho cuerpo legal. SE RESUELVE: Que no se acoge a tramitación el requerimiento deducido a fojas 1. Téngase por no presentado para todos los efectos legales. Notifíquese y archívese. Rol N° 16.980-25-INA Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida Fecha: 28/10/2025 Miguel Angel Fernández González Catalina Adriana Lagos Tschorne Fecha: 28/10/2025 Fecha: 28/10/2025 Pronunciada por la Primera Sala del Excmo. Tribunal Constitucional, integrada por su Presidenta Subrogante, Ministra señora Nancy Adriana Yáñez Fuenzalida, y por sus Ministros señor Miguel Ángel Fernández González, señora Catalina Adriana Lagos Tschorne y señora Alejandra Precht Rorris. Autoriza el Secretario abogado (i) del Tribunal Constitucional. 0000091 NOVENTA Y UNO Sebastián Andrés López Magnasco Fecha: 29/10/2025 6EB4118C-D114-4B8B-B621-C9AAB691BC9A Este documento incorpora una firma electrónica avanzada. Su validez puede ser consultada en www.tribunalconstitucional.cl con el código de verificación indicado bajo el código de barras.